FALSO: “Afiliarse al sindicato significa tener una relación conflictiva con la empresa”
VERDADERO: El quehacer sindical construye relaciones de apoyo y solidaridad interna, así como relaciones laborales tendientes al diálogo y negociación que promueven relaciones laborales más respetuosas.
FALSO: “La sindicalización está de decaída, ya nadie se sindicaliza”
VERDADERO: Sólo entre 2006 y 2016 la afiliación sindical aumentó en 62%. Del total de nuevas personas afiliadas, 35% fueron hombres y 65% mujeres, lo que habla de una revitalización sindical con una “importante tendencia” al alza de la sindicalización de mujeres.
FALSO: “Los sindicatos sólo benefician a unos pocos trabajadores”
VERDADERO: Los sindicatos trabajan para proteger los derechos laborales y mejorar las condiciones de todos los empleados, afiliados o no, logrando beneficios colectivos como aumentos salariales, mejores prestaciones y condiciones laborales dignas.
FALSO: “La realidad sindical en Chile es normal y se ajusta al panorama latinoamericano”
VERDADERO: Los sistemas de relaciones laborales más inclusivos son Uruguay (95%), Cuba(76%), Brasil (65%) y Argentina (50%). Chile tine un 21%.
FALSO: “Los sindicatos no hacen nada ni tienen labores concretas”
VERDADERO: Las organizaciones sindicales tienen fines, propósitos y diversas labores como representar a los trabajadores en el ejercicio de los derechos emanados de los contratos individuales de trabajo, representarlos en instancias de negociación colectiva y suscribir los instrumentos colectivos. También velar por el cumplimiento de las leyes del trabajo o de la seguridad social, denunciar sus infracciones y actuar como parte en los juicios o reclamaciones, de carácter judicial o administrativo, que tengan por objeto denunciar prácticas desleales. Además, los sindicatos realizan labores de ayuda a sus asociados y de promoción a la cooperación mutua, la educación gremial, técnica y general de sus asociados, canalizar inquietudes y propender al mejoramiento de sistemas de prevención de riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; y realizar todas aquellas actividades contempladas en los estatutos y que no estuvieren prohibidas por ley.